PRESENTACIÓN DE REVISIONES Y/O RECLAMACIONES.
Los representantes legales del alumnado podrán instar el procedimiento de revisión de la calificación final obtenida en una materia/módulo/ámbito, así como respecto a la decisión de promoción o de titulación adoptada en los plazos establecidos, cuando consideren lesionado su derecho y por ende puedan justificar su reclamación, una vez agotadas las aclaraciones verbales pertinentes por parte del profesorado, en el plazo de dos días hábiles a partir de aquel en que se produjo su comunicación.
No procederá iniciar el procedimiento de revisión de calificaciones hasta el momento en el que éstas tengan la consideración de calificación final en las correspondientes actas de evaluación, tanto en junio como en septiembre.
En el caso de que, tras el proceso de revisión en el centro docente, persista el desacuerdo con la calificación final de curso obtenida en una materia o con la decisión de promoción, el alumno o la alumna, o sus representantes legales, podrán solicitar por escrito al director o directora, en el plazo de dos días hábiles a partir de la última comunicación del centro, que eleve la reclamación a la Delegación Territorial.
Tanto las solicitudes de revisión (las dirigidas al centro), como las de reclamación (las dirigidas a la Delegación Territorial), se presentarán en la Secretaría del centro donde se encuentra escolarizado el alumno o alumna.
Cuando la solicitud de revisión se presente fuera de plazo (dos días hábiles a partir de la comunicación), se comunicará por escrito al interesado su inadmisibilidad.
Modelo Impreso reclamaciones